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Tala de árboles está restringida en Venezuela

22 Diciembre 2009

De acuerdo con la Ley de Bosques y Planificación Forestal de Venezuela, se prohíbe la corta, eliminación, destrucción o descepado de individuos sobre las especies vegetales nativas clasificadas, de conformidad con el artículo 37 de la Ley N° 19.300 y su reglamento, en las categorías de 'en peligro de extinción', 'vulnerables', 'raras', 'insuficientemente conocidas' o 'fuera de peligro', que formen parte de un bosque nativo, como asimismo la alteración de su hábitat.


 


Esta prohibición no incluye a los individuos de dichas especies plantados por el hombre, a menos que tales plantaciones se hubieren efectuado en cumplimiento de medidas de compensación, reparación o mitigación dispuestas por una resolución de calificación ambiental u otra autoridad competente.







Fuente: http://www.abn.info.ve


 

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